Parole humanitario para cubanos: 5 preguntas y respuestas sobre el Patrocinador

Como ya debes sabes, desde el pasado 6 de enero EEUU aprobó un programa de Parole humanitario para cubanos, nicaragüenses, haitianos y venezolanos.

Ya suman más de 81 mil cubanos a los que se les ha dado el sí en este programa; y más de 79 mil se encuentran ya en el país del Norte.

Otros, continúan a la espera de respuestas, notificaciones, o incluso, de encontrar patrocinadores fiables; quienes puedan ser sus sponsors para llegar a los EEUU.

Pero en el afán y la búsqueda, muchos no tienen claro una serie de precisiones que te traemos más abajo. Así que ni te vayas, ni cambies de página que esto viene cargado de información útil, como siempre.

¿Quién puede ser patrocinador al Parol humanitario para cubanos, nicaragüenses, haitianos y venezolanos?

Aunque te parezca básica esta pregunta, ha sido una de las dudas que más hemos recibido en esta Redacción.

En primer lugar, te comentamos que afortunadamente esta categoría es bastante amplia.

Los patrocinadores pueden ser ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes; así como estadounidenses que forman parte de la diáspora; inmigrantes que tienen Estatus de Protección Temporal (TPS), y refugiados recién llegados.

Además, pueden servir como patrocinadores al Parole humanitario para cubanos y otros nacionales, aquellas organizaciones sin fines de lucro; instituciones educativas; congregaciones religiosas; e incluso empleadores.

¿Sólo me puede patrocinar una persona?

Negativo por esa vía. Y esta es otra de las dudas más frecuentes, por eso te la incluimos en esta guía de preguntas y respuestas sobre el Parole humanitario para cubanos.

Se puede patrocinar como parte de un grupo; quiere decir, asociándose con sus otros familiares, amigos, compañeros de trabajo; así como miembros de una congregación.

Eso sí, las personas que se unan deberán detallar cómo apoyarán de conjunto al beneficiario del parole humanitario para cubanos y otros nacionales.

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Para que te quede claro, esto es lo que explica USCIS al respecto:

“Múltiples partidarios pueden unirse para apoyar a un beneficiario. En este caso, un patrocinador debe presentar un Formulario I-134A y en la presentación incluir evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que proporcionarán los patrocinadores adicionales y adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad para apoyar al beneficiario. La capacidad de estos partidarios para apoyar a un beneficiario se evaluará colectivamente”.

¿El patrocinador, solo puede ser un familiar?

Como ya te explicamos arriba, no, el patrocinador no tiene que ser solo una persona y tampoco debe ser solamente un familiar.

USCIS afortunadamente permite que cualquier persona sirva como patrocinador; ya sean familiares, empleadores, amigos o cualquier interesado.  

Eso sí, recuerda que el Patrocinador tiene que tener presencia legal en los EEUU y enviar una solicitud I-134 por cada beneficiario.

¿Qué deberes tiene un Patrocinador al llegar el Beneficiario del Parole humanitario para cubanos a EEUU?

Si creías que el Patrocinador solo debe llenar el formulario I-134 y ya; estás equivocado.

De acuerdo con USCIS,  los patrocinadores al Parole humanitario para cubanos, venezolanos, haitianos y nicaragüenses procesos deben estar dispuestos y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario.

O sea, deben tener la capacidad para cumplir con compromisos como:

  • Recibir al beneficiario a su llegada a los Estados Unidos y transportarlo al alojamiento inicial;
  • Garantizar que el beneficiario tenga una vivienda segura y adecuada durante la duración de su libertad condicional y las necesidades básicas iniciales;
  • Según corresponda, ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como la autorización de empleo, la tarjeta del Seguro Social y los servicios para los que puede ser elegible;
  • Garantizar que se satisfagan las necesidades médicas y de atención médica del beneficiario durante la duración de la libertad condicional; y
  • Según corresponda, ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, asegurar un empleo e inscribir a los niños en la escuela.

¿Es necesario que el Patrocinador aloje a un beneficiario en su casa?

Respuesta corta: No. Realmente USCIS no lo incluye como requisito de este programa de visas humanitarias.

Sin embargo, los patrocinadores sí pueden ayudar a los recién llegados; ya sea alojándolos junto a ellos, o ayudándolos a encontrar vivienda.

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